– La prevención fiscal será la supervivencia empresarial –

 

Actualmente, el Gobierno Federal, con motivo de una desconfianza generalizada en la manera en cómo el contribuyente paga sus impuestos, ha estigmatizado a los generadores de ingreso como un potencial evasor fiscal. Esta concepción ha ocasionado que los legisladores adoptando una actitud de “sospechosismo”, establecieran leyes desproporcionales al fin que persiguen, jueces y magistrados se pongan la camiseta de “protectores de la recaudación” y, por tanto, una autoridad fiscal que se cree omnipotente ejerciendo actos de terrorismo fiscal con tal de “llegar a sus metas de recaudación”.

En otras palabras, el antídoto inventado y administrado obligatoriamente, es más invasivo y perjudicial que la propia enfermedad. La autoridad fiscal con sus actos de ultra fiscalización terminará matando a la gallina de los huevos de oro.

Todo esto, ya que la administración fiscal desplegará las siguientes actuaciones:

Procedimientos agresivos para etiquetar a contribuyentes como vendedores de facturas y como consecuencia que sus clientes en automático se convierten en compradores de facturas. En la práctica nos encontramos que, para la autoridad un contribuyente vende facturas cuando sucede lo siguiente: i) No presenta declaraciones anuales, ii) los gastos son desproporcionales con sus ingresos, iii) los activos manifestados en la declaración son mínimos comparados con los ingresos facturados iv) el contribuyente está no localizable (no lo encontraron para notificar algún documento).

Como vemos, bajo estos parámetros subjetivos cualquier “contribuyente de a pie”, pudiera ser susceptible de ser etiquetado como “vendedor de facturas”; sin embargo, a pesar de lo inverosímil o ilógico que esto resulta, actualmente es lo que sucede y el contribuyente debe contratar profesionistas especializados para defenderse, adicional a ello, obligan a sus clientes a que demuestren la realidad de la operación pues en caso de no hacerlo, sufrirán grandes consecuencias.

Esto es así, pues en caso de que el contribuyente no pueda demostrar que las operaciones facturada por el “presunto vendedor de facturas” son reales, les llegarán cartas invitación señalando que los CFDI expedidos por su proveedor amparan operaciones simuladas y, por tanto, deben pagar impuestos (eliminar las deducciones) o bien, serán susceptibles de que se les determine un crédito fiscal cuantioso e incluso pudieran ser perseguidos por el delito de defraudación fiscal.

Por si fuera poco, a partir del 2020 con la “reforma penal-fiscal”, se le permitió al SAT para que, una vez que se declara de manera definitiva (es decir, que no se defendió o que, habiéndose defendido, perdió), como vendedor o comprador de facturas, realizará lo siguiente:

  • Cancelación de sellos digitales (no podrán facturar)
  • Serán publicados en listas del SAT (perderán prestigio y relaciones comerciales).
  • Multas del 55% a 75% del monto de cada CFDI que les fue expedido.
  • Los socios/accionistas, serán solidariamente responsables en la parte del interés fiscal que no alcance a ser garantizada con los bienes de la empresa, hasta el monto de la participación que tenía en el capital social.

Las anteriores consecuencias pudieran ocurrirle a cualquier contribuyente que omitió contar con un adecuado control interno; es decir, aquel que omita documentar e integrar correctamente las operaciones que celebran con sus clientes o proveedores, sin importar el tamaño o ingresos que facturan o deducen.

Ahora bien, la reforma penal fiscal, criminaliza estas conductas señalando que aquel que “venda” o compre” facturas en cantidades superiores a 7.8 millones de pesos serán catalogados como: defraudador fiscal, delincuente organizado y una amenaza a la seguridad nacional.

Lo que se traduce en que las autoridades que persigan este delito, se encontrarán facultadas para meter a la cárcel sin derecho a fianza, a infiltrar colaboradores como informantes, intervenir comunicaciones privadas, seguimiento de personas, embargar bienes para que la autoridad disponga de ellos o los venda, entre otras cosas.

El mensaje es muy claro, el Gobierno justifica su ultra-fiscalización de “sospechosismo”, para conseguir su fin de acabar con las empresas fantasmas; sin embargo, pasa por alto que esta actitud, desincentivará la inversión, el crecimiento económico y lo peor de todo, el daño colateral lo sufrirá el “contribuyente de a pie”.

¿Qué nos queda? Adoptar una cultura de prevención, realizar uncheck-upde tu salud fiscal, documentar correctamente las operaciones, cuidar tus relaciones comerciales y contar con un buen contador pues de no hacerlo, dará pie a que la autoridad ejerza desmesuradamente sus arbitrariedades.

L.D. BENJAMIN ROMERO CARREÑO

Práctica Legal y Fiscal

ROMERO CARREÑO Y CIA, S.C.

Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados ROMERO CARREÑO Y COMPAÑÍA, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto la Firma y/o sus integrantes, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el usuario le pueda dar.